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Calidad del cuidado paliativo que recibe el paciente oncológico por el profesional de Enfermería desde la perspectiva del familiar

v    Una historia médica donde conste por escrito, y certificados por el médico tratante o quien haga sus veces, todos los datos pertinentes a su enfermedad, motivo de consulta, antecedentes, historia de la enfermedad actual, diagnóstico principal y diagnósticos secundarios, terapéuticas y la evolución clínica. Igualmente, se harán constar las condiciones de salud del paciente al egreso, la terapéutica a seguir ylas consultas sucesivas a cumplir. Cuando el paciente deba continuar su tratamiento en otro establecimiento de atención médica o cuando el paciente lo exija se le entregará un resumen escrito y certificado de su historia médica.

v    Un trato confidencial en relación con la información médica sobre su persona. Ser asistido en establecimientos de atención médica donde exista la dotación adecuada de recursos humanos y equipos a sus necesidades de salud, aun en situación de conflictos laborales.

v    Exigir ante la administración del establecimiento público o privado de atención médica, los soportes de los costos institucionales, servicios y honorarios a pagar, si este fuera el caso.

Artículo 70.- Los pacientes tendrán los siguientes deberes:

v    Preservar y conservar su propia salud y la de sus familiares, y cumplir las instrucciones e indicaciones que conduzcan a ello.

v    Contribuir al cuidado físico, al mantenimiento y al cumplimiento de las normas de orden y disciplina de los establecimientos de atención médica.

v    Cumplir las disposiciones legales, reglamentos, resoluciones y órdenes que adopten las autoridades públicas competentes, en beneficio de su salud y la salud de los demás.

v    Retribuir los costos generados por la atención médica cuando su capacidad económica se lo permita.

Además, las políticas nacionales e internacionales que respaldan a los sectores sociales frente al compromiso de procurar la salud y el desarrollo de la niñez y la adolescencia son: a) La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño aprobada el 20 de noviembre de 1989, al conmemorarse el trigésimo aniversario de la Declaración de los Derechos del Niño aprobado en el seno de las Naciones Unidas, siendo su espíritu el transformar a niñas y niños en sujetos de una amplia gama de derechos y libertades, reconocer su dignidad como personas y en consecuencia el 59 cumplimiento de sus derechos se hace obligatorio y jurídicamente exigible. b) La Cumbre Mundial en favor de la Infancia llevada a cabo en 1990, en la cual los Jefes de Estado suscribieron la Declaración Mundial para la Supervivencia, Protección y Desarrollo de los Niños del Mundo. Según Promoción de la Salud en Niños. Revista de Enfermería.

En este sentido, La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA, 2007), establece en el Artículo 41: Derecho a la salud y a servicios de salud que “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental. Asimismo, tienen derecho a servicios de salud, de carácter gratuito y de la más alta calidad, especialmente para la prevención, tratamiento y rehabilitación de las afecciones a su salud. En el caso de niños, niñas y adolescentes de comunidades y pueblos indígenas debe considerarse la medicina tradicional que contribuya a preservar su salud física y mental. Parágrafo Primero: El Estado debe garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, acceso universal e igualitario a planes, programas y servicios de prevención, promoción, protección, tratamiento y rehabilitación de la salud. Asimismo, debe asegurarles posibilidades de acceso a servicios médicos y odontológicos periódicos, gratuitos y de la más alta calidad. Parágrafo Segundo: El Estado debe asegurar a los niños, niñas y adolescentes el suministro gratuito y oportuno de medicinas, prótesis y otros recursos necesarios para su tratamiento médico o rehabilitación.

Operacionalización de la variable

Definición Conceptual de la variable: La calidad del cuidado paliativo se define como la atención oportuna, personalizada, humanizada, continua y eficiente que brinda el personal de Enfermería, de acuerdo a los estándares definidos para una práctica profesional, competente y responsable, con el propósito de lograr la satisfacción del usuario y del prestador de servicio” según La Comisión Internacional de Enfermería, citado por Ortega M. y Suarez M. (2009)

Definición operacional de la variable: La calidad del cuidado paliativo que recibe el paciente oncológico por el profesional de Enfermería, se puede definir como un método sistemático y organizado que realiza el personal de Enfermería a través de una serie de pasos, con la finalidad de cubrir las necesidades de orden físico, psicológico y social del paciente oncológico, para así lograr un alto grado de bienestar y mejorar su calidad de vida.

Variable: Calidad del cuidado paliativo que recibe el paciente oncológico por el profesional de Enfermería.

Dimensiones Indicador Ítems
Cuidado humano Valores profesionales que posee el personal de Enfermería: Altruista 1
Igualdad 2
Dignidad humana 3,4
Estético 5
 

Principios

Bioéticos:

Autonomía 6
Beneficencia 7
No maleficencia 8
Justicia 9
Cuidado oportuno Necesidades del paciente:

Confort

10,11

12,

Alimentación 13
Higiene 14
reposo 15
Cuidado seguro