aspectos las medidas de seguimiento ante resultados no conformes, a la vez que pretende que los productores y todas aquellas personas que intervengan en el sector ganadero asuman una mayor responsabilidad en lo que respecta a la inocuidad de cualquier producto de origen animal de su propiedad que se despache al consumo humano.
En la discusión de si la carne ingerida estaba o no contaminada con clembuterol se acepta que un trozo de carne intoxicada con clembuterol podría causar un resultado analítico adverso de 50 pg / ml de clembuterol en la muestra del Sr. Contador. Esto sería posible si se hubiese dado el hecho de que la matanza del animal hubiera tenido lugar poco después de la administración de clembuterol con el fin de tener el supuesto efecto en el afectado.
Referente a un caso de intoxicación por consumo de carne con clembuterol, se encontraron en los intoxicados niveles en orina de 28ng/ml (mucho más altos que los de Contador), cuando los niveles en la carne consumida eran de unos 1140-1480 ng/g (es decir, 1.4 ng/kg, mucho menos de lo que según la AMA sería necesario para dar positivo).
Aunque la contaminación de la carne es una posible explicación para la presencia de clembuterol en la muestra el Sr. Contador, es muy improbable que ocurriera. La probabilidad de que un filete de carne de una ternera criada en una granja española esté contaminado con clembuterol es muy baja. (7)
2. SUPUESTO DE INGESTA DE SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS
Existe la posibilidad de mostrar resultados positivos en análisis de clembuterol por ingesta de suplementos alimenticios basado en dos aspectos:
- Que dichos suplementos estén contaminados o presenten restos de clembuterol de forma ajena al conocimiento del ciclista sobre los mismos.
- Que las sustancias ingeridas por el acusado contengan de forma manifiesta clembuterol.
Se ha probado que todos los miembros del equipo al que pertenece el ciclista tomaron los mismos compuestos que el acusado por lo que se descarta que esta sea la causa del resultado positivo en las analíticas realizadas. Existe la posibilidad de que el Sr. Contador haya ingerido cualquier otro tipo de suplemento diferente al suministrado al resto del equipo, aspecto que se desconoce y no puede ser probado por lo que no procede afirmar dicha opción y se concluye que se desestima el supuesto de ingesta de suplementos alimenticios como origen de clembuterol, debido principalmente, a la falta de pruebas concluyentes. No se puede afirmar la existencia de una sustancia en un compuesto si no se comprueba que está presente en el mismo. (8)
3. SUPUESTO DE TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA
Según nuestra opinión y bajo nuestros conocimientos, respecto a los niveles de hemoglobina y reticulocitos no podemos afirmar que son atípicos puesto que no tenemos los valores de referencia ni los obtenidos tras las analíticas; pero podemos afirmar que niveles altos de los mismos implican una anemia severa en el sujeto o resultados de una transfusión sanguínea. Por otro lado se aporta información sobre los niveles de ftalatos (DEHP): 741,7 ng/ml (323,3 ng/ml de forma corregida). El DEHP un componente básico de la mayoría de los productos de PVC, este compuesto se difunde en el producto al que contiene, como por ejemplo alimentos o material sanguíneo. Cuando al deportista se le transfunde sangre o plasma almacenado en bolsas de PVC, el DEHP pasa al organismo, donde se metaboliza dando mono (2etil-5-hidroxihexil) ftalato y mono (2-etilhexil) ftalato. Así, es viable la detección de estos metabolitos en orina. Según estudios realizados una persona no transfundida rara vez pasa de los 50 nanogramos por mililitro, mientras que el individuo sometido a transfusión alcanza los 200 ng/ml, por ello éste puede ser un marcador fiable de una transfusión sanguínea. (9)
Por otro lado, se debe tener presente el hecho de que otros agentes externos puedan alterar la medida de los plastificantes y sus metabolitos por lo que la presencia de altos niveles de ftalatos en sangre no prueban de forma legal el hecho de que haya existido transfusiones sanguíneas previas. Por otra parte el origen de la presencia de clembuterol en el individuo no se puede explicar por la vía de la transfusión de sangre de persona a persona. Esto se descarta debido a que, para que al transfundir la sangre el Sr. Contador tuviera los niveles que dio en los análisis, el donante debería haber tenido unas cantidades de clembuterol en sangre que llegarían a niveles tóxicos (superando la dosis terapéutica de 20 a 80 ng/ml).
4. SUPUESTO DE INGESTA DE MICRODOSIS DE CLEMBUTEROL
Este último supuesto basado en la ingesta por parte del Sr. Contador de una microdosis de clembuterol, es muy improbable dado que una cantidad tan pequeña es imposible que pueda ser ingerida. Es decir que si alguien tomara esta sustancia, aparecerían concentraciones de un orden mucho mayor de las encontradas. (10)
5. CONCLUSIÓN
Una vez analizados los datos aportados en este caso, estamos de acuerdo con el hecho de que el Sr. Contador debe ser sancionado por presentar clembuterol en sangre, por muy baja que sea su concentración, debido principalmente a:
- El clembuterol es una sustancia prohibida en la Lista Prohibida de La WADA (World AntiDoping Agency) 2008 en cualquier circunstancia” (En la Lista Prohibida 2010 por supuesto continua prohibido).
- El clembuterol es una sustancia prohibida sin consideración de límites. La detección de cualquier cantidad es un hallazgo analítico adverso y considerado como una potencial violación de las reglas antidopaje. Por este mismo hecho “la autoridad no tiene que probar la intencionalidad del atleta» y así mismo «no tiene que probar que la cantidad detectada mejore su rendimiento”.
- Es un deber personal de cada corredor asegurarse de que ninguna sustancia prohibida entre en su cuerpo. Los corredores son responsables de cualquier sustancia prohibida o sus metabolitos o marcadores a los que estén presentes en sus muestras corporales. Por consiguiente, no es necesario que la intención, fallo, negligencia, o conocimiento de uso por parte del corredor sea demostrado.
Por otro lado, y haciendo referencia a la cantidad de clembuterol encontrada en los análisis del ciclista decir que cualquier laboratorio acreditado para control del doping, debe alcanzar en la prueba de clembuterol un mínimo de sensibilidad de 2 ng/mL (2000 pg/mL). Esto no quiere decir que si un laboratorio alcanza mayor sensibilidad no deba reportarlo. Por tanto, y en este caso