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La contaminación por residuos

  • los residuos. Correrán a cargo del productor inicial de residuos, del poseedor actual o del anterior poseedor de residuos.

Las principales novedades de esta Ley con respecto a la derogada son.-

  • Adopta un enfoque integral de todo el ciclo de vida de los productos y materiales.
  • Simplifica las cargas administrativas sustituyendo parte de las autorizaciones de la anterior ley, por comunicaciones previas, pero, al mismo tiempo, se someten a comunicación previa a operaciones que antes no estaban sujetas a intervención alguna.
  • Se crea una Comisión de coordinación en materia de residuos y un Registro de producción y gestión de residuos.
  • Dispone de mayor número de definiciones y están mejor formuladas. Por ejemplo, el nuevo concepto de Residuos domésticos, las figuras de Agentes y Negociantes, Subproducto, fin de residuo, etc.
  • Incluye un nuevo régimen de autorizaciones, distinguiendo las instalaciones de tratamiento de residuos de las personas que realicen esas operaciones.
  • Refuerza el valor económico de los residuos y su utilización como un recurso a través de la determinación de objetivos cuantitativos de reutilización, reciclado y valorización.
  • Impone a las Administraciones públicas el adoptar Programas de prevención de residuos y políticas de contratación y compras públicas sobre el uso de productos reutilizables y de materiales fácilmente reciclables.
  • Impone determinadas obligaciones relacionadas con la producción y comercialización de los productos de los que luego se derivan residuos y con la propia gestión de esos residuos, a los responsables de la puesta en el mercado de esos productos.
  • Se crea el Registro nacional de producción y gestión de residuos que será compartido y único en todo el territorio nacional.
  • 2015 es el objetivo para la separación de todos los residuos en origen, en el 2020 se debería alcanzar hasta un 50% en el reciclado y reutilización de los residuos domésticos y similares, y hasta un 70% en los de la construcción.
  • Destaca que en 2018 deberán haber quedado erradicadas las bolsas de plástico de un solo uso no biodegradables.
  • Contempla la certificación forestal, por primera vez, y añade mecanismos para priorizar el reciclaje de papel dentro de la Unión Europea. .

Esta Ley que es de aplicación a todo tipo de residuos, tiene las siguientes exclusiones:

  • Las emisiones a la atmósfera reguladas en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, así como el dióxido de carbono capturado y transportado con fines de almacenamiento geológico y efectivamente almacenado en formaciones geológicas de conformidad con la Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono. Tampoco se aplicará al almacenamiento geológico de dióxido de carbono realizado con fines de investigación, desarrollo o experimentación de nuevos productos y procesos siempre que la capacidad prevista de almacenamiento sea inferior a 100 kilo toneladas.
  • Los suelos no contaminados excavados y otros materiales naturales excavados durante las actividades de construcción.
  • Los residuos radiactivos.
  • Los explosivos desclasificados.
  • Las materias fecales, si no están contempladas en el apartado 2.b), paja y otro material natural, agrícola o silvícola, no peligroso, utilizado en explotaciones agrícolas y ganaderas, en la silvicultura o en la producción de energía a base de esta biomasa, mediante procedimientos o métodos que no pongan en peligro la salud humana o dañen el medio ambiente.
  • Las aguas residuales.
  • Los subproductos animales cubiertos por el Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1774/2002. No se incluyen en esta excepción, y por tanto se regularán por esta Ley, los subproductos animales y sus productos derivados, cuando se destinen a la incineración, a los vertederos o sean utilizados en una planta de biogás o de compostaje.
  • Los cadáveres de animales que hayan muerto de forma diferente al sacrificio, incluidos los que han sido muertos con el fin de erradicar epizootias, y que son eliminados con arreglo al Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009.
  • Los residuos resultantes de la prospección, de la extracción, del tratamiento o del almacenamiento de recursos minerales, así como de la explotación de canteras cubiertos por el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
  • Los sedimentos reubicados en el interior de las aguas superficiales a efectos de gestión de las aguas y de las vías navegables, de prevención de las inundaciones o de mitigación de los efectos de las inundaciones y de las sequías, o de creación de nuevas superficies de terreno, si se demuestra que dichos sedimentos son no peligrosos.

DEFINICIONES

A) Diferencia tres tipos de residuos:

1. Residuos domésticos: antes residuos urbanos. Se especifica más y se ponen ejemplos. Se indican como domésticos expresamente residuos procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria

2. Residuos comerciales: se incluyen los de las oficinas (salvo lo asimilable a residuos de un domicilio) que antes estaban como urbanos.

3. Residuos industriales: resultante de procesos de fabricación, utilización, mantenimiento. Los residuos domésticos generados en industrias podrán ser gestionados por el municipio según sus ordenanzas.

B) Reutilización: este término queda claramente reservado para productos o componentes que no sean residuos.

C) Preparación para la reutilización: término específico para productos o componentes de productos que se hayan convertido en residuos y se preparan para que puedan reutilizarse.

D) Subproducto: puede ser considerada como subproducto y no como residuo cuando se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que se tenga la seguridad de que la sustancia u objeto va a ser utilizado ulteriormente,

b) Que la sustancia u objeto se pueda utilizar directamente sin tener que someterse a una transformación ulterior distinta de la práctica industrial