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Diferencias y similitudes entre el SGPRL propuesto por la LRPL y el propuesto por la OHSAS 18001

Diferencias y similitudes entre el SGPRL propuesto por la LRPL y el propuesto por la OHSAS 18001

Autora principal: Pilar Ainara Cea Vaquero

Vol. XV; nº 19; 1002

Differences and similarities between the SGPRL proposed by LRPL and the proposed by OHSAS 18001

Fecha de recepción: 26/08/2020

Fecha de aceptación: 28/09/2020

Incluido en Revista Electrónica de PortalesMedicos.com Volumen XV. Número 19 –  Primera quincena de Octubre de 2020 – Página inicial: Vol. XV; nº 19; 1002

Autoras:

Pilar Ainara Cea Vaquero (Hospital Universitario Miguel Servet, Zaragoza, España)

María Luisa Díaz Merino (Hospital Universitario Miguel Servet, Zaragoza, España)

Sara Lázaro Cano (Hospital Universitario Miguel Servet, Zaragoza, España)

Elena Sánchez Arenas (Hospital Universitario Miguel Servet, Zaragoza, España)

Itziar Ibáñez Grima (Hospital Universitario Miguel Servet, Zaragoza, España)

Andrea Carreira Serrano (Hospital Universitario Miguel Servet, Zaragoza, España)

María Victoria Martín Arévalo (Hospital Universitario Miguel Servet, Zaragoza, España)

Resumen

La LPRL plantea un sistema de gestión que deben cumplir todas las empresas, y la OHSAS 18001 desarrolla este sistema para crear un sistema propio que se mantiene dentro de la legalidad, esto hace que entre ambos existan una serie de similitudes, y genera unas diferencias las cuales se analizan en este trabajo.

Palabras clave: healthcare, prevención de riesgos

Abstract

The LPRL proposes a management system that all companies must comply with, and OHSAS 18001 develops this system to create its own system that is kept within the law, this means that between the two there are a series of similarities, and generates some differences between them. which are analyzed in this work.

Key words: healthcare, prevention, risk

1.    Introducción

Es obligación general del empresario el garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores, tanto a través de la incorporación de las exigencias preventivas como con la definición de la cadena de mando respecto a la prevención en la empresa, para cumplir acorde a la legislación las obligaciones preventivas.

Para ello, adoptará las medidas convenientes para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, planificando la prevención en combinación de técnica, organización y condiciones laborales.

Es decir, el empresario es responsable de optimizar recursos para mantener la mayor producción posible pero también de lograr la adecuación del puesto de trabajo al trabajador, para lo que es esencial el estudio de los riesgos laborales inherentes al puesto y los instrumentos necesarios para reducir o eliminar la posibilidad de peligro para la integridad física como mental del trabajador.

Por todo esto, la prevención de riesgos laborales (PRL) debe considerarse como cualquier otra función empresarial, no se concibe como un añadido legal al empresario, sino que debe formar parte desde el comienzo de la empresa, llegando la PRL o seguridad integrada a todos los niveles de la empresa a partir de una planificación que incluya la técnica, organización y condiciones de trabajo, presidido por los principios de eficacia, coordinación y participación (art 16.1 LPR, art 1 RSP).

La obligación jerárquica se imputa a todos los trabajadores, pero aunque encontramos diferentes grados de exigencia y responsabilidad dependiendo de la línea jerárquica, no se acepta una separación entre la gestión preventiva y la gestión propia de la empresa en cuanto a lo referente a producción, competitividad, y calidad.

La elaboración de un plan de prevención de riesgos y la planificación de la acción preventiva a través del plan de seguridad debe formar parte obligatoriamente del sistema general de la empresa definiéndose en el mismo las responsabilidades del personal que gestiona, realiza y verifica el sistema y organigrama de las interrelaciones de los trabajadores.

La organización de los recursos para las actividades preventivas

La organización preventiva se define como: el conjunto de relaciones y personas que integradas en la estructura organizativa de la empresa van a asegurar el cumplimiento de los objetivos generales y de las polìticas que al efecto se hayan señalado por la dirección de la empresa, así como todas las actividades relacionadas con la función preventiva.

La normativa en PRL obliga a los empresarios a organizar sus sistemas preventivos a partir de los Servicios de Prevención, siguiendo un proceso con las siguientes etapas: elección de la estructura organizativa más adecuada, definición de la función, del grado de autonomía, responsabilidades y autoridad del órgano encargado de la función preventiva, definir las relaciones entre el órgano encargado de la prevención y los restantes de la empresa, y definir las responsabilidades de todos los elementos de la empresa.

De esta manera, los servicios de prevención constituirán una unidad organizativa específica capaz de realizar actividades preventivas con dedicación exclusiva, para lo que el empresario deberá disponerlos de los medios necesarios para desarrollar su labor con garantías.

El nuevo modelo de gestión de la prevención

La PRL establece que el modelo de gestión de prevención en la empresa debe basarse en la estructura organizativa y los instrumentos de acción preventiva.

Desde la perspectiva organizativa el modelo ha propiciado la aparición de distintos agentes preventivos cuyos fines determina la Ley, estableciendo además mecanismos de control. Los agentes externos a la empresa son: las entidades acreditadas formadoras, los servicios de prevención ajenos y las empresas auditoras; junto a los que están los agentes preventivos internos, es decir, los trabajadores que desarrollan tareas preventivas, los servicios de prevención propios, los delegados de prevención y los comités de seguridad y salud.

En cambio, desde la perspectiva instrumental, basa la regulación legal sobre la integración de la prevención en la empresa, la cual se fundamenta en la necesidad y obligación del empresario de elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, de llevarlo a su práctica, de evaluar los riesgos y planificar la actividad preventiva, teniendo siempre sus decisiones en consideración la seguridad y salud de los trabajadores.

  1. La PRL en España

Los documentos donde se reconoce el derecho de los trabajadores a la protección de su seguridad y la salud en el trabajo son la Constitución Española y en el Estatuto de los Trabajadores.

Es en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en la reforma de Ley 54/2003 y en la reglamentación posterior, donde se desarrollan las acciones necesarias que garanticen la protección.

España tiene la obligación de incorporar a su legislación lo dispuesto en las directivas, especialmente aquello que se refiere a seguridad y salud. La LPRL junto con el Reglamento de los Servicios de Prevención incorporan las disposiciones de carácter general contenidas en la Directiva Marco, relativa a las medidas para promover la mejora de seguridad y salud de los trabajadores.

La LPRL (de obligado cumplimiento) no es la única normativa de prevención, ya que esta está constituida también por el desarrollo reglamentario, otras normas generales y convenios colectivos con cláusulas en materia de prevención de riesgos laborales.

El objetivo de la LPRL es la promoción de la seguridad y salud mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades preventivas necesarias, entre los principios preventivos se identifican: evitar los riesgos, evaluar los riesgos que no se pueden evitar, combatir los riesgos en su origen, adaptar el trabajo a la persona, considerar la evaluación de la técnica, sustituir lo peligroso por lo seguro, planificar la prevención, adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual y dar las instrucciones adecuadas a los trabajadores.

Por otro lado, la norma OHSAS 18001 (de cumplimiento recomendable pero no obligatorio) de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo es una norma internacional que también vela por la protección y seguridad de los trabajadores. Ella establece los requisitos de las mejores prácticas de gestión de la seguridad y salud del trabajo para cualquier organización independientemente de su tamaño, determinando las herramientas necesarias para implantar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. También permite a la organización la posibilidad de formular una política y objetivos específicos asociados al tema, considerando requisitos legales y la información sobre los riesgos de la actividad.

El objetivo principal de la norma OHSAS 18001 es proporcionar a las organizaciones los elementos de un sistema de gestión eficaz y capaz de integrarse con otros requisitos de gestión, para así alcanzar los objetivos en seguridad y salud ocupacional, a través de un sistema estructurado para lograr la mejora continua. Contiene requisitos que se auditan objetivamente para conseguir la certificación en cualquier organización que desee acreditarse y es adaptable a todo tipo de organizaciones quieran eliminar o minimizar riesgos y peligros en el trabajo.

Como sistema de gestión entendemos: “cualquier estructura organizacional de actividades, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos necesarios para implementar la gestión de una variable de acuerdo a una política previamente definida”. En este trabajo se presentan las similitudes y diferencias del sistema de gestión según la PRL y OHSAS 18001.

  1. Similitudes entre OHSAS 18001 y LPRL
  • OHSAS 18001 y la LPRL son sistemas globales, es decir, deben estar presentes en todo el proceso preventivo y en todos los niveles jerárquicos para ser efectivos. Deben estar integrados en la estructura y cultura de la empresa.
  • Es imprescindible la involucración y el compromiso de todos los miembros de la organización.
  • Tanto en OHSAS 18001 como la LPRL, se realizan mediciones para valorar el éxito de las medidas aplicadas.
  • Ambos consideran la formación como una herramienta fundamental en la organización de la empresa, todos los trabajadores deben estar formados e informados.
  • Es extremadamente importante la documentación a la hora de realizar la planificación, la ejecución y la evaluación de los procedimientos.
  • La base de ambas es la realidad de la empresa, considerando individualmente cada empresa.
  • La organización preventiva es definida en distintos niveles, estableciendo las funciones y obligaciones de cada nivel para que haya constancia.
  1. Diferencias
  • Varían en su obligatoriedad, mientras la LPRL es de obligado cumplimiento, OHSAS 18001 es de recomendable cumplimiento, pero no legalmente necesaria.
  • La LPRL debe ser implantada en toda la empresa sin distinciones, mientras que OHSAS 18001 puede implantarse únicamente en algunos centros, operaciones o servicios.
  • Nunca se podrá certificar un sistema de gestión a la LPRL, pero con OHSAS 18001 sí.
  • La LPRL es más básica, dedicándose únicamente al cumplimiento de la legalidad, mientras que OHSAS 18001 avanza más allá de la normativa vigente, por lo que se considera más completa.
  • En la LPRL es obligatorio tener a disposición de la autoridad laboral toda la documentación, mientras en OHSAS 18001 no lo es.
  • La LPRL está centrada en los riesgos laborales, mientras que OHSAS 18001 trata aspectos como la relación con el entorno o el concepto de “empresa saludable”, es decir, otra vez vemos que es más completa buscando una mayor excelencia en la organización.
  • La LPRL brinda a los trabajadores una posición importante en la gestión de la prevención de la empresa participando activamente y de manera directa con los representantes, delegados de prevención y con el Comité de Seguridad y Salud, mientras que en OHSAS 18001 se dejan a un lado, haciendo referencia únicamente a la dirección a la que se le pide compromiso.
  • OHSAS 18001 es válida internacionalmente, mientras que la LPRL lo es únicamente en el ámbito español, por lo que la acreditación con OHSAS 18001 facilita la adaptación a otras leyes fuera de nuestro territorio.
  • En la LPRL encontramos un organigrama mínimo, mientras que en OHSAS 18001 es complejo y ordenado.
  • Por último, OHSAS 18001 busca la mejora continua en el sistema de gestión, mientras que la LPRL solo busca la mejora de la prevención.
  1. Conclusiones

OHSAS 18001 parece ser claramente superior a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en muchos aspectos, podría decirse que incluso busca la excelencia global.

De la comparativa se extrae claramente que es mucho más completa (válida en más países, más adaptada a la actualidad, supera los requisitos mínimos de la LPRL), y aunque son numerosas las coincidencias en algunos puntos, OHSAS 18001 se formula como claramente superior y más recomendable.

Bibliografía:

  1. Ley 31/1995 del 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Boletín Oficial del Estado nº 269 (10/11/1995).
  2. Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo – Directrices para la implementación de OHSAS 18001:2007.
  3. Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo – Requisitos de especificación OHSAS 18001:2007.
  4. Portal UC3M [sede Web]. Madrid: [acceso 19 Junio de 2020]. Disponible en: http://portal.uc3m.es/portal/page/portal/laboratorios/prevencion_riesgos_laborales/manual/introduccion_prevencion_riesgos_laborales
  5. Nuevas normas ISO. Escuela europea de excelencia. [sede Web]. Madrid: [acceso 25 de Junio de 2020]. Disponible en: http://www.nueva-iso-45001.com/2015/10/ohsas-18001-resumen-del-sistema-de-gestion-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/