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Trastornos musculoesqueléticos de los (as) trabajadores

inconfortables consideramos las que se refieren a los grandes segmentos corporales como el cuello, el tronco, los brazos o las piernas e implican su mantenimiento por periodos prolongados, aunque, como es evidente, el periodo necesario para producir daño será tanto más corto cuanto más incómoda (alejada de la neutralidad) sea la postura en cuestión. Como ejemplos de posturas inconfortables podemos citar: con la espalda inclinada, con la espalda girada, de pie, acuclillado, de rodillas, sentado con la espalda sin apoyar, con el cuello inclinado, con el cuello extendido, con los brazos por encima de los hombros. (7)

Factores de riesgo de trastornos Musculo-esqueléticos

En el levantamiento de cargas

– Peso excesivo

El exceso de peso es un importante factor de riesgo que, si es lo bastante acusado en relación con la capacidad del que levanta, puede producir un daño agudo como resultado de un solo levantamiento. Los excesos más moderados, pero repetidos, aparecen con frecuencia asociados al dolor de la espalda baja (lumbalgia).

En las condiciones más favorables, es decir si todos los demás factores de riesgo que veremos a continuación están ausentes (2), la carga no debe ser mayor de 25 Kg. (153 si se trata de mujeres, o varones menores de 18 años o mayores de 55). (6)

– Objetos voluminosos

Una carga demasiado ancha obliga a posturas forzadas de los brazos, dificulta el agarre y, si se ha de levantar desde el suelo, al no poder introducirla entre las piernas impide mantener la espalda derecha, aumentando el riesgo de lesión. (7)

También una carga demasiado profunda, al alejar el centro de gravedad de la espina dorsal, incrementa la fuerza compresiva sobre ella y, por consiguiente, aumenta el riesgo de lesión.

Por otra parte, si la carga es muy alta dificulta la visibilidad necesaria para su traslado o depósito. (7)

Así pues, la carga no debería superar las siguientes dimensiones: 60

cm de anchura, 50 cm de profundidad y 60 cm de altura.

– Altura desfavorable

La altura de carga que menor esfuerzo comporta, para el mismo peso, es la que implica que tanto la recogida como el depósito se hagan entre la altura de los codos y la de los nudillos (con el brazo extendido a lo largo del cuerpo). La altura de carga se va haciendo más desfavorable a medida que se aleja, tanto por arriba como por abajo, de esa zona. Así, el máximo esfuerzo se produce cuando la recogida o el depósito de la carga han de efectuarse al nivel del suelo o por encima de los hombros. (7)

– Espalda inclinada

El levantamiento de carga con la espalda inclinada eleva extraordinariamente (tanto más cuanto mayor sea la inclinación) la compresión en la zona lumbar de la espalda y genera esfuerzos cortantes, incrementando el riesgo de lesión en ella. Esto no sólo se produce porque la inclinación de la espalda separa del cuerpo la carga, aumentando la distancia horizontal de su centro de gravedad a la columna vertebral, sino porque el esfuerzo también ha de compensar ahora el peso del tronco. En la práctica se considera que 65 cm es el límite de la distancia del centro de gravedad al eje vertical del cuerpo, de manera que por encima de él no es aceptable levantar ninguna carga. (7)

– Espalda girada

Cuando se levanta una carga con la espalda girada, además de fuerzas compresivas se generan fuerzas de torsión, que tienden a producir la rotación de una vértebra respecto a la adyacente. La resistencia a este esfuerzo la proporciona el disco intervertebral, para el cual se traduce, al menos en parte, en un incremento de la fuerza cortante, que parece el principal factor limitador del peso máximo admisible en estas condiciones. Con el mayor giro anatómicamente posible, el peso máximo se reduciría a la mitad del que podría levantarse sin girar la espalda. (7)

– Agarre desfavorable

También el agarre posible, y consiguientemente la postura de la mano que haya que adoptar, condiciona el esfuerzo necesario para levantar un peso dado. Lo más favorable es que la carga disponga de agarraderas específicas, como asas o hendiduras anatómicas, para sujetarla. En ausencia de ellas, que sea posible introducir la mano por debajo de la carga para sostenerla, con los dedos flexionados 90º respecto a la palma. Por último, el agarre más desfavorable es el que obliga a levantar la carga y sujetarla mediante la presión lateral de las palmas y las yemas de los dedos sobre ella. (7)

– Levantamiento frecuente

El riesgo a largo plazo (esto es, de TTA) que comportan las tareas de levantamiento depende tanto de su duración total en la jornada y de las pausas que puedan intercalarse entre ellas, como de la frecuencia de levantamiento en cada periodo de trabajo. A modo de orientación, incluso si el periodo dedicado al levantamiento de carga no supera 1 hora diaria, no se considera admisible una frecuencia mayor de 15 levantamientos por minuto, cualquiera que fuera la carga. Este límite absoluto descendería a 9 por minuto si se dedicara a ello la totalidad de la jornada. (7)

Levantamiento en postura sentado

En esta postura no se deberían levantar o sostener cargas de peso superior a 5 Kg., ya que la capacidad de levantamiento se ve reducida debido a que no se puede utilizar la fuerza de las piernas y el cuerpo no puede servir de contrapeso, por lo que la mayor parte del esfuerzo ha de hacerse con los músculos de los brazos y el tronco. (7)

En el empuje y arrastre de cargas

– Fuerza excesiva

En las condiciones más favorables, no se deberían empujar o arrastrar cargas que exigieran para ponerlas en marcha o pararlas fuerzas superiores a 25 Kp4

(250 N), ni mayores de 10 Kp (100 N) para mantenerlas en movimiento. (7)

– Altura desfavorable de aplicación de la fuerza

La zona favorable para aplicar las fuerzas de empuje o tracción es con las manos a una altura comprendida entre la de los hombros y la de las caderas. A medida que nos alejamos de ella, tanto hacia arriba como hacia abajo, aumenta el esfuerzo necesario y, por tanto, los riesgos de fatiga y de lesión. (7)

– Distancia recorrida en cada trayecto